La inspección de Trabajo ha levantado acta de Infracción por una falta califica-da como grave en grado máximo, a la empresa Falcon por que ha comprobado mediante la documentación aportada por la empresa a través de un requeri-miento, que existen trabajadores que realizan un gran número de horas extras y además ha comprobado que el des-canso entre jornadas de 12 ó 13 horas no se respeta en muchos centros de tra-bajo.
En el primer caso existe un gran número de trabajadores que realizan más de las 80 horas extras mensuales legalmen-te permitidas y solo en el primer trimes-tre del año en curso. Hay empleados que en los tres primeros meses del año han realizado más de 600 horas ó en el mes de enero más de 200.
La realización de más de 80 horas extras al año, sin que se trate de las dedicadas a prevenir o reparar siniestros u otros daños extraordinarios y urgentes, supo-ne infringir lo dispuesto en el Art. 35.2 del estatuto de los Trabajadores, R.D.L. 1/1995 de 24 de marzo .
Por lo que respecta al calendario de va-caciones, se ha comprobado que ni se negocia con los representantes de los trabajadores ni se elabora como tal, por lo que también se le sanciona.
Dejar una contestacion