Se acuerda la apertura de la fase liquidación y el fin de la fase común de la concursada SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA.

¡¡Por fin!!  Una PIRATA menos… Pero no está todo hecho, la lucha continúa…

Se acuerda la apertura de la fase liquidación y el fin de la fase común de la concursada SEGURIDAD INTEGRAL CANARIA  y la formación de la sección quinta del presente concurso.

Se acuerda la suspensión del concursado en el ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título III de la presente Ley.
Se declara la disolución y en su caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por los administradores concursales para proceder de conformidad con lo establecido en este Ley Concursal.
Se declara asimismo el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados si los hubiera y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones.

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