Un juez libera a las empresas de las deudas laborales en las subrogaciones. La sentencia canaria no anula del todo el pago de esos débitos pero los suspende hasta que se aclare la situación concursal de la empresa saliente.

El juzgado de lo Social Nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria permite dilatar a las empresas adjudicatarias de contratos de prestación de servicios los débitos de los trabajadores que dejan sus antecesoras y que se encuentran en concurso de acreedores.

Esta sentencia tumba la ley que decía que toda empresa que gana un concurso público de prestación de servicios y sustituye a otra que ha entrado en concurso de acreedores debe hacerse cargó de los débitos de sus trabajadores que, por supuesto, han de ser subrogados.

El director del despacho Uriarte & Abogados, Iban Uriarte, considera que la sentencia del Juzgado de lo Social número 7 de Las Palmas es «una cuestión capital» para las empresas.

Asegura que muchas que han ganado concursos públicos de prestación de servicios «han tenido que renunciar a ellos» tras comprobar que debían abonar ingentes cantidades de dinero de deudas que habían generado las anteriores con sus trabajadores. Según advierte, otra de sus consecuencias, han sido abultadas bajas temerarias y el cierre de negocios.

«La sentencia canaria no anula del todo el pago de esos débitos pero los suspende hasta que se aclare la situación concursal de la empresa saliente», explica Uriarte, quien considera que «ese tiempo es dinero».

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