Con fecha 30 de octubre de 2020 se dictó sentencia por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (Las Palmas) en la que consta el siguiente fallo:
«Estimar la demanda de tutela de derechos fundamentales (libertad sindical) interpuesta por La Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de la Unión Sindical Obrera Canarias (Uso-Canarias) contra la empresa Loomis Spain, S.A., haciendo los siguientes pronunciamientos:
A) Se declara la existencia de vulneración del derecho a la libertad sindical del sindicato demandante en su vertiente de negociación colectiva por parte de la empresa Loomis Spain, S.A.
B) Se declara la nulidad radical de la conducta de la referida empresa consistente en la suscripción individual de acuerdos en masa con los trabajadores de la plantilla en materia de cómputo de jornada al ser contrarios a lo dispuesto en el artículo 52 del Convenio y se declara por tanto la nulidad de dichos pactos individuales.
C) Se ordena el cese inmediato de dicha conducta de la empresa al ser contraria al derecho de libertad sindical de la organización sindical demandante.
D) Se dispone el restablecimiento del sindicato demandante en la integridad de su derecho y la reposición de la situación al momento anterior a producirse la lesión del derecho fundamental, así como la reparación de las consecuencias derivadas de la conducta empresarial descrita condenándose a tal fin a la empresa Loomis Spain, SA a abonar al sindicato demandante una indemnización por importe de 6250 euros».
La mercantil Loomis Spain, S.A. recurre en casación ordinaria la sentencia dictada en la modalidad de tutela de derechos fundamentales (libertad sindical) estimatoria de la demanda.
La sala de lo Social del Tribunal Supremo en su sentencia Nº 940/2022 ha decidido desestimar el recurso de casación interpuesto por Loomis Spain s.a. y confirmar la sentencia de la sala de lo social del tribunal superior de justicia de canarias (las palmas) dictada el 30 de octubre de 2020, autos núm. 26/2020, declarando su firmeza.
Asimismo, acuerda la condena en costas de la parte recurrente en cuantía de 1500 euros.
La demanda interpuesta consigue evitar los acuerdos individuales de la empresa Loomis con sus trabajadores y trabajadoras ignorando a los representantes legales de los trabajadores en Canarias.