La FTSP-USO logra que se modifiquen los criterios de adjudicación de la licitación de los Centros de Arte, Cultura y Turismo de la isla de Lanzarote
Con fecha 07 de febrero de 2020, se remite email a esta Entidad por parte de la Federación de Trabajadores de la Seguridad Privada de la Unión Sindical Obrera (FTSP-USO), en la que exponen:
“Hemos tenido conocimiento, a través de la plataforma de contratación del Estado, de los pliegos de condiciones para la contratación mediante procedimiento abierto del servicio y seguridad en los Centros de Arte, Cultura y Turismo de Lanzarote (Expediente SCV-2020/05). Dicho contrato se rige por la Ley 9/2017 de 8 de Noviembre de Contratos del Sector Público.
Una vez analizados los pliegos, nos gustaría realizar algunas sugerencias o comentarios sobre los mismos:
1.- Este contrato asigna 50 puntos a la oferta económica. El artículo 145.4 de la ley 9/2017 establece que “en los contratos de servicios del Anexo IV, así como en los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual, los criterios relacionados con la calidad deberán representar, al menos, el 51 por ciento de la puntuación asignable en la valoración de las ofertas, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 2.a) del artículo 146.”. Y en este Anexo IV figuran los epígrafes 79700000-1 a 79721000-4 que comprenden parte de la prestación solicitada por su entidad.
En definitiva, en nuestra opinión, de una simple lectura de la Ley se desprende que el precio no puede superar el 49% de los criterios de adjudicación, un porcentaje que se supera en esta licitación.
A tenor de lo expuesto el ente público adopta la siguiente resolución:
Resolución del consejero delegado de la entidad pública empresarial local de los Centros de Arte, Cultura y Turismo de Lanzarote (epel-cact), por la que se procede a la modificación de los criterios de adjudicación de la licitación convocada por esta entidad para la prestación de servicio de vigilancia y seguridad en los cact, (svc-2020/05).
Por lo que nos felicitamos de que las administraciones públicas continúen tomando conciencia de las consecuencias de no observar la ley al respecto y las consecuencias nefastas que estas irregularidades de llevarse acarrearía para los trabajadores afectados.