La Audiencia anula la junta que reeligió a Ramírez como presidente de la U.D. Las Palmas.

La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas ha estimado la demanda de Manuel García Navarro para declarar nula la junta de accionistas que la UD Las Palmas celebró el 12 de mayo de 2010, cónclave en el que se aprobó la reelección de Miguel Ángel Ramírez como presidente del club. Para fundamentar el fallo, María Elena Corral -magistrada de la Sala que ejerció como ponente- considera que la ampliación de capital que la entidad de Pío XII puso en marcha en julio de 2008 fue cerrada de forma irregular y que, por lo tanto, no puede considerarse como accionistas a los socios que tomaron la decisión de aprobar la continuidad de Ramírez al frente de la Unión Deportiva.

La sentencia recuerda que el consejo de administración de la Sociedad Anónima Deportiva, en una junta celebrada el 8 de julio de 2005, puso en marcha una operación para reducir el capital social del club a cero y, simultáneamente -en una operación acordeón-, el aumento del propio capital hasta la cifra de 3,5 millones de euros mediante la emisión de 37.460 nuevas acciones de 94 euros de valor. Como condición, en los acuerdos de la asamblea quedaba «claramente sentado», según el fallo, «que si este importe [la suscripción] fuera inferior a 3,5 millones de euros» quedarían sin efecto tanto la reducción como la ampliación acordadas. Finalizados los plazos para comprar acciones, la UD Las Palmas sólo cubrió 1,7 de los 3,5 millones de euros en venta.

El dictamen judicial apunta que los titulares de las acciones ‘antiguas’ -los ‘verdaderos’, como apunta Juan José Ríos, abogado de García Navarro- «no han perdido sus derechos y siguen siendo accionistas de la Unión Deportiva Las Palmas (…) y titulares de los derechos derivados de sus acciones, aún no amortizadas» al no completarse de formar correcta la reducción a cero del capital social.

Así, en la junta que aprobó la reelección de Ramírez como presidente en 2008 «no se reunió el quórum necesario» para su válida constitución ya que para la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Las Palmas «no puede siquiera considerarse que los accionistas [al adquirirlas en la ampliación de 2008] sean realmente los accionistas de la sociedad, ni que los títulos que hicieron valer para asistir y votar en las Juntas tengan efecto alguno».

El fallo subraya «la grave inseguridad jurídica que la sucesión de acuerdos de reducción y ampliación de capital a lo largo de los años (…) se están produciendo en el funcionamiento de la sociedad (hasta el punto de que, como se ha dicho, ni siquiera pueda afirmarse con certeza cuál sea el actual capital social de la demandada a los limites efectos del enjuiciamiento de esta impugnación de acuerdos», una situación para que, según la Sala, «debería ponerse fin en algún momento por una actuación diligente de los administradores sociales».

La UD Las Palmas ya ha manifestado su intención de presentar un recurso ante el Tribunal Supremo, apelación que se topará con una petición de desestimación por parte de los abogados de Manuel García Navarro.

 Fuente: M. Alonso / P. Cabrera La Provincia.

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