I Plan Igualdad de SEGURMAXIMO, S.L.

Firmado el I plan de igualdad en la empresa Segurmaximo, S.L. de ámbito autonómico, con la participación de la RLT por USO en la empresa, Rebeca Benítez López y el secretario de acción sindical de la Federación de Trabajadores de Seguridad Privada de USO (FTSP-USO CANARIAS) Adán Díaz Galindo. 

La igualdad entre géneros es un principio jurídico universal reconocido en la generalidad de los textos internacionales, europeos y estatales sobre derechos humanos, habiéndose multiplicado en todas las sociedades del mundo las medidas políticas y jurídicas para garantizar el ejercicio de dichos derechos.

Así lo recoge la Unión Europea como principio fundamental a partir del Tratado de Ámsterdam del 1 de mayo de 1997, considerando que la igualdad entre mujeres y hombres y la eliminación de las desigualdades entre ambos sexos es un objetivo transversal que debe integrarse en todas sus políticas y acciones y en las de sus Estados miembros.

La USO-CANARIAS, fue el único sindicato que realizó aportaciones en el diseño de medidas concretas, que fueron reflejadas y aceptadas en el I plan de igualdad.

Algunas de las medias aportadas a dicho plan.

Derecho a la intimidad y uso de dispositivos digitales en el ámbito laboral (informar criterios utilización medios digitales).

Dar preferencia al personal interno para acceder a contratación indefinida y/o jornada completa.

Integración de la perspectiva de género en el planteamiento PRL.

La uniformidad se adecuará para el desempeño de las funciones del puesto, teniendo en cuenta las condiciones físicas de cada sexo, pero sin que responda a estereotipos de género ni atente contra la dignidad de la persona.

Difundir la nueva Ley de Familias, a través de diferentes permisos retribuidos y otros derechos, la conciliación laboral para las personas trabajadoras; buscando un mayor equilibrio entre la vida personal y el trabajo. 

El permiso retribuido por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que requiera reposo domiciliario (hasta segundo grado de consanguineidad o afinidad) podrá ser solicitado de forma fraccionada dentro de los 15 días posteriores al hecho causante, independientemente de que tenga el alta hospitalaria (este permiso deberá ser debidamente justificado).

Establecer un permiso retribuido para el tiempo necesario para las tutorías del centro de estudios de las y los menores, con un límite de 3 tutorías por curso académico e hijo/a, y un límite de 3 horas no acumulables por tutoría.

Considerar como retribuidos los permisos para acompañar a consultas médicas a menores hasta los 14, o mayores de 65 años y personas dependientes, con criterios debidamente justificados y sólo por el tiempo indispensable con un máximo de 10 horas anuales. Superadas estas horas serán permisos no retribuido o recuperable


              

       

     

       

           

   

          

          

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